Para jubilados, retirados, o pensionados
La fecha del primer cobro será notificada a través del correo electrónico que usted ha asentado en este Organismo. Si no ha declarado ninguno, debe consultarla personalmente, por mail o teléfono.
Las fechas de cobro se publican mensualmente en la página web de esta caja, https://www.cajapolicia.gob.ar.
Deberá concurrir en el lapso de 60 (sesenta) días a partir de la percepción de su primer haber a la delegación de Dirección de Servicios Sociales más cercana a su domicilio en forma personal a fin de comunicar si continuará o no con
la cobertura social que ésta brinda.
Deberá concurrir en el lapso de 60 (sesenta) días a partir de la percepción de su primer haber a la delegación de IOMA más cercana a su domicilio en forma personal, con recibo de sueldo y los carnets del grupo familiar
actuales a fin de tramitar la filiación a la misma.-
Los beneficiarios que perciban Asignaciones Familiares deberán confeccionar la declaración jurada complementaria de ingresos de grupo familiar (Decreto 1460/12) con la respectiva documentación. Se debe presentar cada año
una nueva declaración para poder continuar con la percepción de dicha asignación.
Una vez percibido su primer haber, el beneficiario deberá presentar vía Web ante la AFIP el formulario 572, declarando en el mismo a este organismo como agente de retención (CUIT 30-62069801-2). -
En el caso que el beneficiario presente descuentos de embargos y/o cuota de alimento, el juzgado interviniente deberá remitir a este Organismo oficio judicial para proseguir con dichos descuentos. - Solo jubilados o retirados
De no querer continuar con el Seguro de Vida de la Caja de Ahorro Seguros S.A., deberá presentarse ante la sucursal más cercana a su domicilio, manifestando la baja del mismo. Asimismo, se informa que los que ya poseen
el seguro de vida continuarán con dicho beneficio.-
Si el beneficiario presenta descuentos por préstamos otorgados ante el Fondo de Ayuda Financiera el traspaso será, en la mayoría de los casos, automático. Se verá reflejado en el segundo cobro como beneficiario.
En caso contrario, se solicita su presencia en este Fondo a fin de regularizar el descuento. - A esta altura se da por debidamente notificado, no siendo para más previa e íntegra lectura que de la presente efectúa, firma al pie juntamente con el actuante para su debida constancia.-